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Somos una firma innovadora de Contadores Públicos y Abogados creada para construir la evolución y digitalización de los negocios acelerando los márgenes operativos y financieros para nuestros clientes.
Más que un cliente, en Castillo y Asociados buscamos ser socios estratégicos , en donde brindamos toda la asesoría y soporte en áreas de finanzas de las empresas para la correcta toma de decisiones, garantizando un desarrollo sostenible e innovador para las empresas.
UN BREVE MENSAJE DE BIENVENIDA DE NUESTRO DIRECTOR
LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL
En el mundo de los negocios de hoy, las empresas que son ágiles y pueden adaptarse rápidamente a las tendencias del mercado en rápida evolución se convertirán en las líderes de su mercado. La transformación digital se ha convertido en una de las principales iniciativas para las empresas, creando valor, siendo colaborativas, más confiables, inmediatas e innovadoras.
Se entiende como la aplicación de la tecnología informática, a procesos, productos y activos de las empresas para mejorar la Eficiencia, la Atención al cliente, el Manejo del riesgos y generar Nuevas oportunidades de negocio.

Nuestros Servicios
Somos un despacho multidisciplinario con un enfoque práctico pero profundo buscando que nuestros socios identifiquen áreas de oportunidad y cumplan sus objetivos.
Nuestros Socios Comerciales

Artículos que Interesan
PROGRAMA DE REGULARIZACIÓN FISCAL 2026
1 de Mayo, 2026
Consiste en la disminución de hasta el 100% del monto de las multas, recargos y gastos de ejecución a contribuyentes, para que paguen únicamente el monto de la contribución, cuotas compensatorias y aprovechamientos. Lo anterior, para facilitar el pago de sus adeudos y fomentar el cumplimiento voluntario de sus obligaciones fiscales.
Requisitos:
✓ No haber recibido alguna condonación en el monto del pago de créditos fiscales, con base en los programas generalizados y masivos a los que se refiere el decreto por el que se dejan sin efectos los decretos y diversas disposiciones de carácter general emitidos en términos del artículo 39, fracción I del Código Fiscal de la Federación, por los cuales se condonaron deudas fiscales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2019.
✓ No haber sido beneficiado por el estímulo fiscal al que se refiere el Trigésimo Cuarto Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2025.
✓ Que tus ingresos totales no excedieran de 300 millones de pesos en el ejercicio 2024.
Fundamento legal: Artículo Vigésimo Segundo Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para 2026.
Requisitos:
✓ No haber sido condenado por delitos fiscales mediante sentencia firme.
✓ No estar publicado en los listados de los artículos 69-B y 69-B bis del Código Fiscal de la Federación.
✓No ubicarte en términos del artículo 79, fracciones XXII, XXIII y XXIV, de la Ley del ISR, ni ser un ente ejecutor de gasto a que se refiere el artículo 4 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
✓Que las contribuciones y aprovechamientos a cargo, se paguen en los 15 días naturales siguientes a la fecha en que la autoridad entregue el formulario para pagar. En el caso de pago en parcialidades, que todos los formatos para pago proporcionados se paguen a más tardar en las fechas de vencimiento señaladas en cada uno.
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